Características del servicio:
Para realizar la solicitud de vivienda fiscal, se debe tener en cuenta los siguientes documentos, los cuales deben ser radicados en el Gestor de Documentos Policiales (GEPOL).
- Solicitud dirigida al comandante de la unidad.
- Certificado de la Superintendencia de Notariado y Registro y/o certificado catastral que acredite que el solicitante no posee vivienda propia en la jurisdicción.
- Documentación necesaria, para determinar que la solicitud es de carácter especial.
Requisitos:
Según lo establecido en el ARTÍCULO 21. REQUISITOS PARA ACCEDER AL SERVICIO DE VIVIENDA FISCAL, de la Resolución No. 01852 del 27/06/2025.
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Ser miembro activo de la institución, en las categorías de oficiales, suboficiales, nivel ejecutivo, agentes y patrulleros de policía.
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Laborar en la jurisdicción, en la cual realiza la solicitud de vivienda fiscal.
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Figurar en el sistema para la administración del talento humano SIATH, en estado civil casado o unión marital de hecho.
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En caso de ser una familia constituida por dos miembros en servicio activo, la vivienda se asignará al funcionario con mayor grado de jerarquía institucional.
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Tener activo el certificado digital en el “Portal de Servicios Interno” PSI, y/o aquel que haga sus veces.
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Contar con capacidad de endeudamiento para el pago del canon de arrendamiento, que será validado por las unidades responsables del servicio transitorio de vivienda fiscal.
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No tener embargos vigentes o en curso al momento de la solicitud de vivienda fiscal, que comprometan la capacidad de pago del canon de arrendamiento, ni demandas por alimentos.
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Autorizar el descuento por nómina para el pago del cacnon de arrendamiento y la cuota de administración, suministrando el código de identificación de nómina del arrendatario (PIN de nómina).
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No tener obligaciones económicas pendientes por pagar con los servicios que presta la Dirección de Bienestar Social y Familia.
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Anexar certificado de Superintendencia de Notariado y Registro y/o certificado catastral que acredite que el solicitante no posee vivienda propia en la jurisdicción.
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Constancia de disolución de matrimonio y/o unión marital anterior. (para casos especiales)
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Documento legal expedido por la autoridad respectiva que le confiera la custodia permanente vigente de los menores en su calidad de viudos, divorciados con hijos y/o padres cabeza de familia. (para casos especiales)
Información de interés
- Reintegros por Canon de Arrendamiento, aseo y ornato.
- Comunicación oficial de solicitud de reintegro dirigida al director de Bienestar Social y Familia, debidamente firmado por el arrendatario y según lo estipulado por la Dirección de Bienestar Social y Familia.
- Copia contrato arrendamiento.
- Copia recepción del inmueble.
- Desprendibles de los meses a reintegrar.
- Copia cédula de ciudadanía ampliada al 150%.
- Certificación bancaria.
- Consignación bancaria de los días habitados en el inmueble.
- Reintegros por Servicios Públicos
- Comunicación oficial de solicitud de reintegro dirigida al director de Bienestar Social y Familia, debidamente firmado por el arrendatario.
- Factura original con registro de pago por cualquier concepto (administración, servicios públicos, visitas periódicas, cambio de medidores, etc.)
- Copia de la cédula de ciudadanía ampliada al 150%.
- Certificación bancaria.
Para consultar el texto completo de la Resolución No. 01852 del 27/06/2025,
haga clic aqui
Tarifas
Las tarifas del servicio de vivienda fiscal, basadas en porcentaje del salario básico, son las siguientes:
Descuento |
Descripción |
Observaciones |
5%
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Viviendas estrato 5 o superior, viviendas CENOP, DESAP y DEGUA o viviendas con administración particular cuyo costo sea 15 SMDLV o superior.
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13%
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Contrato por primera vez. Aplica para adjudicatarios por derecho propio.
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25%
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Funcionario quien haya sido beneficiario del programa. No aplica para adjudicatarios por derecho propio.
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