Características del servicio:
Siendo afiliado a Bienestar Social de la Policía Nacional le permite disfrutar de servicios como:
- Vivienda Fiscal
- Préstamos
- Actividades especiales de Recreación
- Centros Vacacionales
- Colegios
- Apoyo Económico
Requisitos:
Para realizar su afiliación, según su tipo de vinculación a la Policía Nacional, usted requiere:
Oficiales, Suboficiales, Agentes Activos, Nivel ejecutivo:
- Su afiliación es automática.
Personal no uniformado (activo):
- Solicitud de afiliación firmada (formato).
Personal con Asignación de retiro, pensión y/o sustitución de pensión:
- Solicitud de afiliación firmada (formato).
- Fotocopia último desprendible de pago.
- Fotocopia de la hoja de servicios o documento que indique la causal de retiro de quien fue titular en la institución.
ARTICULO TRANSITORIO. AFILIACION SIN COSTO. Durante los dos (02) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente Resolución, el personal con asignación de retiro que no se encuentre afiliado podrá realizar su afiliación sin costo, para lo cual deberá seleccionar medio de pago electrónico y autorizar descuento por nómina para la siguiente anualidad.
¿Como Afiliarse?:
si usted es empleado activo, primero debe iniciar sesión con su usuario empresarial y la clave (La misma del PSI), luego tramitar la solicitud de afiliación y adjuntar los documentos requeridos.
Si usted es pensionado o beneficiario sustituto, debe tener su cuenta de usuario, puede solicitarla en la opción de "Registro", luego, diligencia la solicitud y adjunta los documentos requeridos.
Costos de afiliación:
El costo anual de la afiliación a Bienestar Social es:
- Para personal uniformado activo en los grados de oficial, suboficial, agente, nivel ejecutivo y patrulleros de policia, tres (3) días de salario básico, descontados estos en la nómina en la que se paga la prima vacacional.
- Para el personal no uniformado activo, será un valor porcentual dependiendo de la categoría del empleado, así:
- Diez por ciento (10%) de la suma del salario básico más la prima de actividad para el personal de Planta del Decreto 4165 del 29 de octubre de 2007 que devengue mas de 2 SMMLV.
- Diez por ciento (7%) de la suma del salario básico más la prima de actividad para el personal de Planta del Decreto 4165 del 29 de octubre de 2007 que devengue menos de 2 SMMLV.
- Siete por ciento (7%) de la asignación básica mensual para el personal de carrera administrativa, nombramiento provisional o libre nombramiento y remoción.
- Siete por ciento (7%) del salario básico mensual al personal vinculado por contrato de trabajo.
- Para el personal con asignación de retiro o pensión y con sustitución pensional, el aporte será del seis (6%) del total devengado de la asignación de retiro o pensión.
- Los aportes en los grados de General, Mayor General, Brigadier General y Coronel, serán (4%) del total devengado de la asignación de retiro o pensión.
*Los anteriores costos estan establecidos de acuerdo a la resolución No. 01929 del 04/07/2025 "Por la cual se establece la afiliación, permanencia y desafiliación a los programas y servicios de la Dirección de Bienestar Social y Familia"
¿Como desafiliarse?:
El personal afiliado voluntariamente que realice pagos anuales podrá solicitar su retiro mediante comunicación escrita, con una antelación no inferior a tres (03) meses al vencimiento de la anualidad, la desafiliación no implica devolución de aportes.
Por favor radicar la solicitud de desafiliación en la ventanilla ubicada en la calle 44 No. 50 - 51 Bogotá.